Provincia de Cordoba, localidad declarada como zona de protección ambiental, unica población de la República Argentina con restricción vehicular permanente.(Pueblo peatonal a partir de Julio 1996)
Acceso de vehiculos durante el horario de restricción vehicular
:

Invierno (no temporada): 10 - 18 hrs

Verano y temporadas: 9 - 19 hrs

1)Pasajeros con reservas de alojamiento(los vehiculos deberán quedar estacionados en el establecimiento donde se alojen y no podran circular durante el horario de restricción vehicular
2) Propietarios de inmuebles (solamente para ingreso y egreso de la localidad)
3) Vehiculos de servicios y mantenimiento (Recolección de residuos, Cooperativa de Luz, Policia, Ambulancia) que se encuentren de servicio.
4) Proveedores (con horarios limitados)

Otros visitantes deben dejar sus vehiculos en la playa de estacionamiento (cuidada por personal de la comuna), a la entrada de la localidad.
Podran ingresar al pueblo, con su vehiculo, aquellas personas con discapacidades serias, impedidas de recorrer el mismo caminando.

Estación de Servicio: La Cumbrecita NO puede prestar este servicio por lo que le recomendamos verificar su tanque de Combustible, Nivel de aceite del motor y estado de los neumaticos antes de abandonar Villa Gral Belgrano.

Cajero Automatico: NO se encuentran instalados actualmente Cajeros Automaticos en nuestra localidad, los mas cercanos los encontrará en Villa Gral Belgrano.

PESCA: Desde Diciembre 2002 , nuestra localidad ha sido integrada a las zonas de PESCA DIFERENCIADA de la provincia de Córdoba, permitiendose a partir de esta fecha la pesca deportiva (con devolución obligatoria) durante todo el año. Es obligatorio tener Carnet de Pesca habilitante al dia. El mismo puede ser adquirido en las oficinas de la Comuna local, Oficina de Turismo y varios comercios y hoteles del lugar. Con el fin de controlar estas medidas y asesorar al pescador la zona es patrullada constantemente por inspectores de pesca.

Sr Prestador de Servicios Turistico, por favor tenga en cuenta
La Resolución Comunal 209/06
exige a partir del año 2006 que todo grupo turístico que ingrese a la localidad sea guiado unicamente
por Guias
habilitados en el Registro Comunal de Guias,
Por mas información sobre este Tema visite:
www.lacumbrecita.gov.ar/comunappal.htm

 

Y si necesita asesoramiento durante su estadia, muestro personal de la
Dirección de Turismo, con gusto le ayudará

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